- Acoso laboral
- Conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un trabajador por parte de un empleador, superior jerárquico, compañero o subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, causar perjuicio laboral, generar desmotivación o inducir la renuncia, en los términos de la Ley 1010 de 2006.
- Acoso sexual laboral
- Toda conducta o comportamiento verbal, no verbal, físico, digital o de cualquier otro tipo, de naturaleza o connotación sexual, ejercida sin el consentimiento de la persona afectada, que tenga por objeto o resultado atentar contra su dignidad o crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo, con independencia de la relación jerárquica entre las partes (Ley 2365 de 2024, art. 3).
- Acoso sexual digital
- Modalidad de acoso sexual ejercida a través de medios electrónicos, redes sociales, mensajería instantánea, correo o cualquier plataforma digital vinculada al contexto laboral.
- Violencia basada en género
- Cualquier acción u omisión que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial por su condición de mujer o de género diverso (Ley 1257 de 2008).
- Víctima o persona afectada
- Quien manifiesta haber experimentado la conducta.
- Persona señalada
- Aquella respecto de quien se presenta la queja.